Art 1. El objetivo
Esta directiva es contribuir al desarrollo de un entorno informático del servidor High Performance Computing “O-HPC” que pueda ser aprovechado de la mejor manera por los investigadores de la Universidad Nacional Agraria La Molina (UNALM) y por la comunidad científica, con el fin de promover la I+D+i, con sostenibilidad.
Art. 2.–
El servidor O-HPC forma parte del equipamiento en el plan estratégico institucional relacionado a fortalecer la I+D+i en la UNALM. A la fecha estamos trabajado en 07 líneas de investigación:
Art 3.
Esta directiva se aplica al uso del servidor O-HPC de la UNALM para todos los usuarios (estudiantes, profesores, invitados e investigadores externos) que tiene acceso remoto al equipo.
El servidor O-HPC exige que los usuarios conozcan las directivas de su uso.
Art. 4. Antecedentes
La UNALM a través del Vicerrectorado de Investigación implementó el Servidor “O-HPC” con la finalidad de brindar el soporte tecnológico especializado a los investigadores de varias líneas de investigación y lograr la producción científica, que permita impulsar el desarrollo del país. Esta infraestructura física está ubicada en la sala de servidores de la oficina de tecnología de información y comunicaciones (OTIC), y la administración técnica del servidor O-HPC este cargo de la Dirección de Gestión de la Investigación, Vicerrectorado de Investigación, UNALM.
Art. 5.- Solicitud de servicio
Los usuarios deben solicitar acceso al servidor O-HPC a la Dirección de Gestión de Investigación, con el llenado de un formulario en linea, los estudiantes de pre y posgrado deben coordinador con su profesor asesor.
Los usuarios externos a la UNALM, instituciones públicas o privadas pueden solicitar acceso al servidor O -HPC a la Dirección de Gestión de Investigación, con el llenado de un formulario.
Acceso a Formulario de solicitud
Art 6. Tarifa de servicio
La sostenibilidad técnico-económico de esta infraestructura tecnológica de procesamiento de alto rendimiento “O-HPC” se basa en los ingresos que genere por dos tipos de investigadores:
El uso del servidor O-HPC y el servicio bioinformático se basa en dos opciones:
Tabla 1. Cálculo de la tarifa mensual del uso del servidor O-HPC.
Tabla 2. Cálculo del servicio bioinformático para investigadores
Nota.- La tarifa del servicio será definido de acuerdo al experimento del investigador. Además, servidor O-HPC cuenta con un especialista bioinformático de trayectoria reconocida y publicaciones científicas en revistas de indexadas a SCOPUS y WOS que lo guiara en su trabajo.
Art 7. Facturación y pago
Una vez r ecepcionado los requerimientos de los usuarios internos y externos, la Dirección de Gestión de Investigación, enviara la cotización del acceso del servidor O-HPC. Los pagos se realizarán a la cuenta bancaria indicada en la cotización por la UNALM y en plazo establecido no más de 30 días de aceptado la cotización.
Art 8. Asignación de usuario
Con la cotización aprobado y firmado por el usuario, el administrador de O-HPC creará el usuario(s) y claves de acceso y enviará las credenciales de acceso. El administrador dará soporte para la instalación de programas adicionales de requerirse.
Art 9. Publicaciones
Los usuarios, por tema de transparencia científica en el procesamiento de datos, deben hacer mención del uso del “Servidor O-HPC Bioinformática de la Universidad Nacional Agraria La Molina” en las publicaciones técnicas y científicas (artículos, libros y tesis). Adicionalmente los usuarios UNALM que hayan pagado con un 50% de descuento deben colocar su afiliación a la UNALM en la autoría de las publicaciones.
Art 10. Informe técnico
Por el uso del servidor O-HPC el usuario debe enviar un informe técnico final a la Dirección de Gestión de Investigación y las recomendaciones del uso de los datos almacenados. Los datos almacenados por más de 08 meses (estado abandono) serán eliminados o utilizados por la administración de O-HPC. En caso de contratar el servicio bioinformático completo, no será necesario la emisión de un informe técnico.
Art 11. Estudiantes UNALM
A los profesores y estudiantes de los cursos registrados en los Departamentos Académicos de las facultades de la UNALM y necesiten de procesamiento de datos en O-HPC, tendrán acceso gratuito, previa solicitud del coordinador del curso con los datos de los estudiantes matriculados. En la solicitud debe especificar el/los temas a tocar en el curso, listado de software, capacidad de procesamiento del servidor, periodo de trabajo, listado de usuarios y datos adicionales, para maximizar el uso del servicidor.
Finalizado el curso el profesor deberá enviar un informe a la Dirección de Gestión de Investigación respecto al uso del servidor, las capacidades logradas y recomendaciones para mejorar nuestro servicio. El uso indebido del servidor por parte de algún alumno o profesor también está sujeto a las sanciones descritas en art. 21.
Art 12. Accesión
El Acceso Lógico al servidor O-HPC será desde la red interna (LAN) y externa (WAN), mediante el protocolo SSH. Una vez conectado al Servidor O-HPC, el investigador ya contará con acceso al equipo para su uso, y sus scripts de procesos y salidas de datos se almacenarán en la carpeta /home/usuario. Para el manejo de sus datos (copiar, grabar, eliminar, etc), el usuario podrá conectarse al servidor con su computadora personal mediante el aplicativo winSCP.
Los investigadores realizarán el procesamiento de datos únicamente mediante el uso del software gestor de cola de procesamiento Portable Batch System (PBSpro) mediante la cual se asignará el nombre de trabajo (Job), números de procesadores y la cantidad memoria RAM, la misma que debe ser superior a lo contratado. El envió de procesos por PBS permite generar colas de trabajo (workq). Los trabajos que son enviados por los usuarios para procesamiento sin el uso del gestor de cola PBS serán cancelados por el administrador del sistema de manera inmediata y sin previo aviso.
Los investigadores que requieran enviar sus trabajos a la cola de procesamiento mediante PBS deberán asignarle un nombre al job (Job_Name = nombre ), el cual debe estar relacionado a la investigación que vienen realizando.
Art 13. Soporte
El soporte informático de la administración del Servidor O-HPC está a cargo del especialista informático de la Dirección de Gestión de la Investigación. Las consultas de soporte se podrán realizar a:
Email: o-hpc@lamolina.edu.pe; investigacion@lamolina.edu.pe
Teléfono: +51.1.6147800 Anexo 181
Art 14. Respeto a la privacidad de otros usuarios.
Los usuarios no pueden intentar averiguar la contraseña de otra persona, ni intentar obtener acceso no autorizado a los datos de otro usuario Los usuarios están obligados por Juramento respetar la propiedad intelectual de otro usuarios que tenga conocimiento mediante el servidor O-HPC. El Vicerrectorado de Investigación está sujeto a los Principios de Privacidad del Perú, en virtud de la Ley N° 29733, Ley de Protección de Datos Personales y su reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 003-2013-JUS.
Art 15. Uso apropiado.
Los equipos del servidor O-HPC de la UNALM no podrán ser utilizados para calumnias, chismes o expresiones discriminatorias, ni para distribuir pornografía o difundir información secreta, ni para atentar contra la paz de la vida privada, ni para incitar o participar en acciones ilegales. El equipo informático se utilizará de acuerdo con los fines de la UNALM. Además, no se permite el uso comercial de los accesos al servidor O-HPC a terceros.
Art 16. Derechos
Los datos suelen estar vinculados a derechos que hacen que su uso dependa de acuerdos con el titular de los derechos. Los usuarios se comprometen a respetar los derechos de las demás personas. Esto se aplica también cuando la Universidad hace que los datos sean accesibles. No se permite la copia de programas en violación de los derechos de uso y/o acuerdo de licencia.
Art 17. Aspectos complementarios
De incumplir con alguna cláusula de la presente Directiva o actuar en contra de las disposiciones será sometido a un proceso disciplinario, siendo pasible de sanción, conforme lo dispone el Reglamento General de la UNALM. Otros aspectos no contemplados, serán resueltos por el Vicerrectorado de Investigación.
Art 18. Buena fe
Un usuario siempre debe identificarse con su nombre, ID usuario, contraseña cuando utiliza el servidor O-HPC. Evitar abusar las facilidades brindadas al usuario para acceder a información que no está destinada al usuario, o por el uso de los servicios para fines distintos a los que están destinados. Los usuarios deben seguir las instrucciones del administrador de O-HPC. Es importante que los usuarios estén familiarizados con guías, manuales, documentación, etc. para reducir el riesgo de averías o pérdida de datos. Al finalizar su uso del servidor O-HPC, es responsabilidad de los usuarios, asegurarse del almacenamiento de los datos de manera segura e informar al administrador.
Art 19. Seguridad de datos
Los usuarios están obligados a tomar las medidas necesarias para evitar la pérdida de datos, mediante la realización de copias de seguridad, el almacenamiento cuidadoso de los medios, etc. Esto puede asegurarse con el apoyo del administrador del servidor O-HPC. Sus archivos son en principio, personales, pero deben protegerse para que otros usuarios no los puedan leer. Los usuarios están obligados a proteger la integridad de sus contraseñas y evitar que personas no autorizadas accedan al sistema O-HPC. La introducción de datos implica el riesgo de elementos no deseados como virus. Los usuarios están obligados a tomar medidas para proteger el servidor “O-HPC”. Los usuarios están obligados a comunicar las circunstancias que puedan tener importancia para la seguridad o integridad del servidor O-HPC al administrador.
Art 20. Vigilancia
El administrador de O-HPC tiene derecho a solicitar acceso a las áreas reservadas del usuario individual en el equipo con el fin de garantizar el funcionamiento adecuado del equipo o para controlar que el usuario no viole o no haya violado las regulaciones de esta directiva.
El administrador de O-HPC comunicará al usuario el acceso a su base de datos. Además, el administrador de O-HPC está obligado por juramento de secreto con respecto a la información sobre el usuario o la actividad del usuario que obtengan de esta manera, con la excepción de las circunstancias que representen una violación de esta directiva que debe ser reportadas al Vicerrectorado de Investigación.
Art 21. Sanciones
El incumplimiento de esta directiva puede darlugar a que se niegue al usuario el acceso alservidor O-HPC, además de las sanciones que la UNALM puede ordenar, aplicando otras normas. El incumplimiento de las leyes de privacidad, los juramentos de secreto, etc., puede generar responsabilidad o castigo. Las causas de las sanciones a un usuario deben ser expresadas y pueden ser ordenadas por la Dirección de Gestión de Investigación del Vicerrectorado de Investigación, UNALM.
Art 22. Quejas
Las quejas sobre sanciones deben dirigirse a la(s) persona(s) que ordenan las sanciones. Si la denuncia no es atendida, se remite al Consejo Universitario para decisión final. Las denuncias de vigilancia tienen el mismo procedimiento que las sanciones.
Art 23. Responsabilidad.
Los propios usuarios son responsables del uso de los datos a los que se hace accesible a través del equipo informático. La UNALM se exime de toda responsabilidad por cualquier pérdida que resulte de errores o defectos en los equipos informáticos, como consecuencia de una protección insuficiente de sus propios datos.